“La Mufasa” evita el juicio oral por tragedia de Los Arcos: acepta su responsabilidad y recibe 4 años 11 meses
El proceso concluyó horas antes de iniciar el juicio, después de alcanzarse acuerdos reparatorios con las familias de las víctimas. La sentenciada deberá cubrir la reparación integral del daño y una multa para que la pena de prisión pueda ser conmutada.
Santiago de Querétaro, Qro. a 04 de agosto de 2026 — A más de un año del choque mortal ocurrido en Calzada de Los Arcos, Paola Alejandra “N”, alias “La Mufasa”, aceptó su responsabilidad por el delito de homicidio culposo y fue sentenciada a 4 años y 11 meses de prisión mediante un procedimiento abreviado.

El juicio oral estaba programado para comenzar este martes 4 de agosto y se estimaba que el desahogo de pruebas se prolongaría durante varios días. Sin embargo, horas antes de su inicio, las partes alcanzaron un acuerdo que permitió concluir anticipadamente el proceso penal.
La resolución está relacionada con el hecho de tránsito ocurrido el 17 de julio de 2025, cuando el vehículo conducido por “La Mufasa” se impactó violentamente en la zona de Los Arcos. El choque dejó como saldo dos personas fallecidas y otras lesionadas, convirtiéndose en uno de los accidentes viales que mayor indignación generó en Querétaro.

Acuerdo económico habría rondado los 2.1 millones de pesos
De acuerdo con información obtenida por Poder Ciudadano de una fuente con conocimiento directo del desarrollo de la audiencia, el acuerdo reparatorio relacionado con una de las víctimas habría ascendido a aproximadamente 2.1 millones de pesos.
Esta cantidad no fue revelada por la Fiscalía General del Estado de Querétaro en su comunicado oficial, por lo que se mantiene como información extraoficial. También existirían pagos y acuerdos previos relacionados con la otra víctima, los daños materiales y las personas que resultaron lesionadas.

La Fiscalía confirmó que en febrero de este año la autoridad judicial aprobó un primer acuerdo reparatorio respecto de una de las víctimas, lo que provocó el sobreseimiento parcial de esa parte del proceso.
Asimismo, la acción penal por el delito de lesiones quedó extinguida después de que la persona ofendida otorgara el perdón legal correspondiente.
En cuanto a la segunda víctima mortal, sus familiares aceptaron la conclusión anticipada del proceso. A partir de esa conformidad, la imputada reconoció su responsabilidad y solicitó acogerse al procedimiento abreviado.

Fiscalía solicitó una pena de 4 años y 11 meses
El procedimiento abreviado es una forma legal de terminar anticipadamente un proceso penal. Para que pueda celebrarse, la persona acusada debe aceptar su responsabilidad, renunciar al juicio oral y admitir ser sentenciada con base en los antecedentes reunidos por la Fiscalía.
En este caso, la Fiscalía solicitó la pena de 4 años y 11 meses de prisión, mientras que la autoridad judicial revisó el acuerdo y dictó la sentencia condenatoria.
Además de la prisión, “La Mufasa” recibió una multa, la suspensión de sus derechos políticos y civiles y la obligación de cubrir la reparación integral del daño en favor de las víctimas indirectas.
La sentencia quedó firme debido a que todas las partes manifestaron su conformidad, por lo que ya no podrá ser impugnada mediante los recursos ordinarios correspondientes.
¿Por qué recibió menos de cinco años?
Aunque la tragedia provocó la muerte de dos personas, el delito por el que fue procesada se clasificó como homicidio culposo, debido a que las muertes fueron consecuencia de un hecho de tránsito y no de una acción intencional dirigida a privar de la vida a las víctimas.
El artículo 75 del Código Penal para el Estado de Querétaro establece que los delitos culposos pueden sancionarse con una pena de tres días a siete años de prisión, además de multa y suspensión de determinados derechos.
Esto significa que los 4 años y 11 meses impuestos a “La Mufasa” se encuentran dentro del rango permitido por la legislación estatal.
La situación sería distinta en un homicidio cometido intencionalmente. Actualmente, el homicidio doloso simple se castiga en Querétaro con penas de 10 a 20 años de prisión, mientras que un homicidio calificado puede alcanzar de 20 a 50 años.

La condena podrá ser conmutada, pero no desaparece
La resolución judicial establece que la pena de prisión podrá ser conmutada una vez que la sentenciada acredite el pago total de la reparación integral del daño y de la multa correspondiente.
Esto no significa que “La Mufasa” haya sido absuelta ni que el caso haya quedado impune jurídicamente. Existe una sentencia condenatoria firme y una aceptación expresa de responsabilidad.
La conmutación implica que, si cumple las condiciones económicas y legales fijadas por la autoridad judicial, podrá sustituir la pena de prisión en los términos establecidos por la legislación.
Así concluye el proceso penal por la tragedia de Los Arcos: sin el juicio oral que estaba programado, con acuerdos económicos entre las partes y con una condena de casi cinco años de prisión que podría ser sustituida una vez cubierta completamente la reparación del daño.
¿También podría salir antes por buena conducta?
Si la condenada permaneciera en prisión y no obtuviera la conmutación, podría solicitar el beneficio de libertad anticipada, debido a que fue sentenciada por un delito culposo.
La Ley Nacional de Ejecución Penal establece que, tratándose de delitos culposos, la persona sentenciada debe cumplir por lo menos la mitad de la pena. En este caso serían aproximadamente 898 días de prisión, equivalentes a cerca de dos años, cinco meses y medio.
Sin embargo, no bastaría con tener buena conducta. Para recibir ese beneficio también tendría que:
- Cumplir satisfactoriamente con su plan de actividades dentro del centro penitenciario.
- Pagar la reparación integral del daño y la multa.
- No contar con otra sentencia condenatoria firme.
- No estar sujeta a otro proceso penal que amerite prisión preventiva.
- Demostrar que su liberación no representa un riesgo para las víctimas, los testigos o la sociedad.
- Obtener la autorización correspondiente de un juez de Ejecución.
Por ello, la libertad anticipada no es automática ni se concede solamente por “portarse bien”. Tendría que cumplir todos los requisitos legales y esperar la resolución del juez.
El caso concluyó con una sentencia condenatoria firme, pero la legislación abre dos posibles caminos para que “La Mufasa” no cumpla los 1,795 días completos tras las rejas: la conmutación de la pena prevista en la propia sentencia o, si permanece encarcelada, la solicitud de libertad anticipada después de cumplir al menos la mitad de la condena y los demás requisitos establecidos por la ley.

